este Tribunal de Ejecución del N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REDIME LA PENA al penado ALEXIS ROBERTO GOYO LEGON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.966.215, por un lapso de UN (1) AÑO OCHO (8) MESES TRECE (13) DIAS DOCE (12) HORAS, de conformidad a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, que sumado al tiempo que lleva detenido que es de TRES (3) AÑOS OCHO (8) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, da un total de tiempo detenido de CINCO (5) AÑOS CINCO (5) MESES UN (1) DIA DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta OCHO (8) AÑOS VEINTIOCHO (28) DIAS DOCE (12) HORAS, pena que extingue en fecha 28 de Octubre del 2016 a las 12:00 meridiem. Así mismo se le notifica al penado que puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes.....