Se declara Parcialmente Con Lugar la Apelación incoada por los Abogados Arcadio Salvador Acosta, Norberto Baptista y Jonny Daniel Monasterios, Defensores Privados del ciudadano imputado José Gregorio Lugo Flores; en consecuencia, conforme a los artículos 26, 49, y 257 Constitucional, y 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, se ANULA el acto de Audiencia Especial de Prórroga celebrado de conformidad con el artículo 250 Ejusdem, celebrado el 17-07-2009, así como la decisión dictada en esta ocasión por el Tribunal 2º en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, mediante la cual el A Quo declara acordar la prórroga de 15 días consecutivos, para que se presente el acto conclusivo a que hubiere lugar. En consecuencia, se ordena la celebración de un nuevo acto de Audiencia Especial de Prórroga ante un Tribunal en Función de Control de esta ciudad, distinto al que emitió el fallo objeto de nulidad. Se deja vigente la medida caute.....