Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se ordena el traslado del Tribunal a la sede del Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines de practicar inspección judicial para proceder al pronunciamiento correspondiente de la admisibilidad o no de la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL.