Se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, el presente recurso contencioso tributario remitido a este Juzgado mediante escrito de fecha 01 de octubre de 2008, por los Abogados Verónica Vega Horing e Ismael Ramírez Pérez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 93.979 y 30. 837, respectivamente, actuando en representación judicial de la sociedad mercantil SIDOR, C.A., contra la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2008/175 de fecha 08 de julio de 2.008, y las Resoluciones Nº SNAT/INTI/GRTI/RGU/DR/ACC/2008/031, SNAT/INTI/GRTI/RGU/DR/ACC/2008/032, SNAT/INTI/GRTI/RGU/DR/ACC/2008/033, SNAT/INTI/GRTI/RGU/DR/ACC/2008/034 y SNAT/INTI/GRTI/RGU/DR/ACC/2008/ 035, todas de fecha 16 de septiembre de 2.008, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).