Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL, del recurso contencioso tributario interpuesto por la representación judicial de la contribuyente PROMOTORA Y CONSTRUCCIONES EL NOGAL C.A., contra la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2009/147, de fecha 28 de diciembre de 2009, emanada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana.