Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano DAVID AMBROSIO MEIGNEN MEDINA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.480.359, falleció el día 05/03/2021, en el Centro Médico Orinokia de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, según acta de defunción Nro. 249, a consecuencia de INSUFICIENCIA RESPIRATORIA TIPO 1, INFECCION RESPIRATORIA BAJA, SARS COV2, CARDIOPATIA ISQUEMICA E HIPER.....