este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 03 de noviembre de 2.008, por el Abogado Rafael Celestino Valor Ojeda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.981.499, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.996, representante judicial de la contribuyente CENTRAL SANTO TOME IV, C.A., domiciliada en Alta Vista, Avenida Guayana, con Carrera Vetuari, Centro Comercial Santo Tome IV, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nº GRTI-RG-DSA-2008-51 de fecha 29 de agosto de 2.008, conjuntamente con las Planillas de Liquidación de Impuesto, Multas e Intereses Moratorios Nº 081001233000162, 08001233000163 y 081001233000164.....