Siendo las 12:00 M, tuvo lugar la audiencia preliminar fijada en la causa seguida al adolescente: xxxx, el Tribunal una vez escuchado lo planteado por las partes de celebrar un acuerdo conciliatorio y estando de acuerdo, el Tribunal acordó: 1° Admitir la Acusación presentada por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de: Robo Agravado en Grado de Complicidad, previsto en el artículo 458 en concordancia con el artículo 84 eiusdem. 2° Se admiten siguientes pruebas numeradas en el escrito acusatorio: 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14. no se admiten las numeradas 1, 2, 3, 4, 5 y 15, por cuanto esas pruebas no corresponden con el hecho punible por el cual ha sido acusado el adolescente. 3° Se homologa el acuerdo celebrado y se establecen las siguientes obligaciones: Iniciar Curso de Computación por ante el SVIT, debiendo consignar constancia de inscripción y culminación. 2° presentarse una vez al mes ante el Tribunal. Se suspende el proceso por 6 meses.