Resulta imperioso hacer un llamado de atención a los funcionarios de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de éste Circuito de Protección, que son los encargados de recibir cualquier escrito, libelo de demanda, solicitud, diligencia u otro tipo de documento o correspondencia dirigidos a los Tribunales que conformamos éste Circuito; de ser cuidadosos en el cumplimiento de sus funciones, por lo que toda documentación debe estar firmada por las partes o sus apoderados, conforme lo establece el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase los originales a la parte que los produjo, dejando copia certificadas en su lugar.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en San Felipe, a los cuatro (4) días del mes de noviembre de 2020. Año.....