Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DEL INTERES PROCESAL del presente recurso contencioso tributario remitido a este Juzgado mediante oficio Nº GRTI/RG/DJT/2010/557 de fecha 24 de febrero de 2010, por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, (SENIAT) de la Región Guayana, interpuesto ante ese mismo órgano de forma subsidiaria al recurso jerárquico, por la Abogada María Magdalena Centeno Aurea, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.952, en representación judicial de la sociedad mercantil METALÚRGICA CHIRICA, C.A., contra las Actas Fiscales Nros. GRTI-RG-DF-44 y GRTI-RG-DF-45, ambas de fecha 29 de julio de 2008, Resolución de Sumario Administrativo Nº GRTI-R.....