En consecuencia, se declara SIN LUGAR, la nulidad del RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL Nº 9700-145-882, de fecha 08 de Julio de 2010 practicado por la Dra. DARLENY LOPEZ, por no estas acreditado que el mismo se practico en contravención impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales previstos en la Ley Adjetiva Penal, la Constitución de la República, las leyes y los tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por la República, tal como lo preceptúa el articulo 191 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE
Notifíquese a las partes. Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.
JUEZA PRIMERA DE CONTROL
ABGA. MAXIMILIANA C. GIL MILLAN
SECRETARIA DE SALA
ABGA. LUZMARY VALLEJO