DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano HERNANDEZ SIMÓN RAMÓN, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, casado, residía en Aroa Cruce de Quebrada Honda, casa N° 2021, municipio Bolívar, Estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº 3.708.141; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos DUNO DE HERNANDEZ JUANA BAUTISTA, HERNANDEZ GAINZA WLADIMIR RAMÓN, HERNANDEZ DUNO PEDRO RAFAEL, HERNANDEZ DUNO WILLIAN JOSÉ, HERNANDEZ DUNO YELITZA YULIBEL, HERNANDEZ DUNO YURBIS YASMIRA y HERNANDEZ DUNO SIMÓN JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.771.434, V-13.502.522, V-15.285.308, V-15.285.277, V-16.824.772, V-18.302.434 y V-27.492.061 respectivamente, asistidos por el abogado MARTÍNEZ MONTOYA JOSÉ GILBERTO, Inpreabogado N° 138.615. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que f.....