Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio presentado por el ciudadano Joaquin Evelio Vivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.512.743, y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio José Luis Centeno Medrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.312, y de este domicilio; en contra de la ciudadana Oneida Rosario Heredia Bonyorni, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.904.014, y de este domicilio, respectivamente, y en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha ocho (08) de septiembre de 2011, por ante la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de R.....