INADMISIBLE la de ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO ORTEGA ORTEGA, titular, de la cédula de identidad nro. 8.886.155, debidamente asistida por el abogado YOVANY MARTÍNEZ CASTAÑEDA, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 93.797, en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS Y MANTENIMIENTO ANDREA C.A. (SALLA), en la persona de su Presidente CESAR MANUEL IRIARTE ASENSIO, titular de la cédula de identidad nro. 16.164.482. Todo ello de conformidad con el artículo 6.1 la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, artículos 2, 26, 27, 49, 51, 253, 257 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.