Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185-A presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos LEONARDO DANIEL ESPINA HERRERA y ZENAIDA DEL VALLE SILVA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad bajo los Nros. V-18.073.921 y V-19.140.719, respectivamente, en fecha 24 de Diciembre de 2010, por ante el Registro Civil de la Parroquia 11 de Abril de San Félix del Municipio Caroní del estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 469, Libro Nº 2-D del año 2010, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido d.....