Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación, ejercida por la abogada MIGDA MARGARITA RODRIGUEZ ZABALA, en representación de la sociedad Mercantil SUMINISTROS Y SERVICIOS INDUSTRIALES COMPAÑÍA ANONIMA (SUSEINCA) identificada ut supra, con ocasión al juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) sigue la sociedad mercantil CONSTRUCTORA OSMAR, C.A. contra la sociedad mercantil SUMINISTROS Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A., Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Quedan REVOCADAS las decisiones de fecha 07 y 15 de Febrero de 2013, insertas al folio 60 la primera de .....