Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana MARY NELLY MEDINA PÉREZ contra la sociedad mercantil E.P.S DE TUBOS SIN CONSTURA, en consecuencia se le ORDENA cumplir con la Providencia Administrativa Nº 2009-0123, dictada en fecha 21 de abril de 2009, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el accionante, dentro de los cinco (05) días siguientes a la publicación del presente fallo.