Por las consideraciones anteriores, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el Documento Privado suscrito entre los ciudadanos JOSE HUMBERTO PARADA y KAREN CARPIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V- 15.456.934 y V- 17.658.062 respectivamente, ambos con domicilio en Maripa, Municipio Sucre del Estado Bolívar de conformidad con los artículos 630 y 631 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada por secretaria del presente fallo, de conformidad con dispuesto en el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍTRESE
Incluso en la página bolívar.scc.org.ve, según resolución 05-2020, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en su Sala de Casación Civil de fecha 05 de Octubre del 2020. Dada, firmada y .....