este JUZGADO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos: a.-) Bs. 103.965,38 por concepto de Prestación de Antigüedad; b.-) Bs. 1.967,11 por concepto de Intereses sobre antigüedad; c.-) Bs. 51.982,45 por concepto de Diferencia de Prestación de antigüedad; d.-) Bs. 64.252, 75 por concepto de Vacaciones Fraccionadas; e.-) Bs. 29.604,47 por concepto de Bono Vacacional Fraccionado; f.-) Bs. 61.284,25 por concepto de Utilidades Fraccionadas; g.-) Bs. 404.374, 80 por concepto de Diferencia salarial, para un total reclamado de Setecientos Diecisiete Mil Cuatrocientos Treinta y Uno con Veintiún céntimos (Bs. 717.431,21) . Se ordena la experticia complementaria del fallo contenido en esta sentencia la cual deber.....