Se dictó sentencia declarándose competente y se admitió el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la sociedad mercantil TECNICON 3000, C.A., contra el Decreto Nº 2441 dictado el quince (15) de febrero de 2011 por la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR, mediante el cual declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la recurrente contra el Decreto Nº 2351 dictado el veinte (20) de diciembre de 2010 por el Gobernador del Estado Bolívar, que decidió la rescisión del contrato de obra denominado Sustitución de todo el Sistema de Aguas Servidas y Blancas, así como Piezas Sanitarias y Remodelación de Baños, Hospital Ruiz y Páez, Puerto Ordaz.