Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del recurso de la Apelación, interpuesto por la Profesional del Derecho ROSA CAROLINA FLORES BRITO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 164.879, Coapoderada Judicial de la parte demandante, en fecha 26 de mayo del 2015, contra de la sentencia de fecha 07 de mayo de 2015, dictada por el Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: En consecuencia de ello, se CONFIRMA en todo y cada una de sus partes, la sentencia recurrida, dictada en fecha 07 de mayo de 2015, por el Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, .....