Se dictó sentencia CONFIRMANDOSE la sentencia sometida a consulta dictada el veintiocho (28) de enero de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaró inadmisible la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano José Luis Rengifo contra la ciudadana Maria Teresa Liccione de Huncal y del Municipio Heres del Estado Bolívar.