PRIMERO: Parcialmente Con Lugar el recurso de apelación formulado por la profesional del derecho Arelis del Pino Romero, con el carácter de apoderada Judicial del ciudadano Víctor Manuel Nuñez, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 22 de septiembre de 2008, en el asunto signado con el Nro. LP21-L-2007-000382.
SEGUNDO: Se revoca la decisión recurrida, en consecuencia, se procede a conocer del fondo del presente asunto, declarándose Sin Lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, sigue el ciudadano Víctor Manuel Nuñez en contra del ciudadano NEGIB BAHSAS AISSAMI, venezolano, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-7.895.125.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante-recurrente de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.