PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano LUIS MUÑOZ, titular de la cédula de identidad nro. 15.034.743 debidamente asistido por la abogada MIGDALIS RODRÍGUEZ, Inscrita en el inpreabogado bajo el nro. 28.215, en el juicio de RESTITUCIÓN DE GUARDA formulada por la ciudadana AUDREY MILAGROS LABADY RODRÍGUEZ, identificada en autos. SEGUNDO: Queda así CONFIRMADA la sentencia definitiva de fecha 07 de abril del 2008 dictada por el Tribunal de Protección nro. 1 del Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, que declaró Con Lugar la Solicitud de Restitución del Niña, incoada por la ciudadana AUDREY MILAGROS LABADY RODRÍGUEZ. En consecuencia se ordena la Restitución inmediata de la niña ((( IDENTIDAD OMITIDA ))) a su progenitora AUDREY MILAGROS LABADY RODRÍGUEZ. Se ordena al ciudadano LUIS MAURO MUÑOZ PÉREZ, al pago de todos los gastos que se hayan hecho para la obtención de la r.....