Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano ROGER ABRHAM VELÁSQUEZ, debidamente asistido por el abogado HOMERO CARMONA LÓPEZ, parte demandada en la presente causa, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado a-quo de fecha 17 de noviembre de 2014, en el juicio que por PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue la ciudadana MILAGROS DEL VALLE ACUÑA LEMUS en contra del ciudadano ROGER ABRAHAM VELÁSQUEZ, suficientemente identificados en la parte narrativa de este fallo. Todo ello de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda CONFIRMADA la sentencia de fecha 17 de.....