En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del
Tránsito, Bancario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO ejercido por los abogados JESÚS
RAMON TORRES PERTUZ y NÉSTOR RAFAEL MARTÍNEZ GÓMEZ en su condición de coapoderados judiciales de la sociedad mercantil CALCINADOS CALCA, C.A., por ante este Tribunal
Superior, contra el auto dictado en fecha 07/02/2020, por el Juzgado Primero de Primera Instancia
Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar, que declaró IMPROCEDENTE la apelación formulada en fecha 04/02/2020; por la
hoy recurrente de hecho, oyéndose en un solo efecto la apelación contra el fallo del día 30/01/2020,
por tratarse de una sentencia interlocutoria de acuerdo a l.....