En fecha 03-10-2006, se dicta sentencia mediante la cual el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de julio de 2005, por el Juzgado Transitorio de Juicio de Primera Instancia del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con Sede en Ciudad Bolívar, en consecuencia, SE REVOCA la referida decisión por las razones antes expuestas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL, intentada por el ciudadano JOSE FRANCISCO MARTÍNEZ, en contra de la empresa HOTEL LAJA REAL, C.A.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el.....