En fecha 06-11-2006, se dicta sentencia mediante la cual el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada recurrente, en contra del acta dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 27 de septiembre de 2006; en consecuencia, se CONFIRMA el referido auto por las razones anteriormente expuestas.
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen, una vez vencidos los lapsos de ley, a los fines de darle continuidad a la causa.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características del presente fallo.