En consecuencia, se declara improponible el recurso de juridicidad intentado contra la sentencia de fecha 23 de abril del año 2012, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con ocasión a la pretensión de nulidad de las empresas Administradora A-340, C.A. y Administradora A-940, contra el acto administrativo signado 043-2009-02-00095, de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Costa de Oro, Mariño Briceño Iragorry, Girardot, Libertador, Linares Alcántara y Mariño del estado Aragua, de fecha 2 de junio de 2011. Así se decide.
Finalmente, visto el contenido de la presente decisión se ordena su publicación en la Gaceta Judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y su reseña en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia, bajo el siguiente título: "Sentencia de la Sala de Casación Social que establece, que los recursos especiales de juridicidad que le c.....