En base a lo anteriormente expuesto, este Juzgado ORDENA la apertura del juicio Oral y Publico en la causa seguida en contra del acusado: Yorbic Isidro Córcega, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13..608.302, de estado civil soltero, de profesión chofer, residenciado en el Barrio la Sabanita, Sector las piedritas, calle el diamante numero 15º de esta Ciudad Bolívar, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Rabamar de Oliveira.
En consecuencia se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días concurran ante el Juez de Primera Instancia en Función de Juicio que corresponda, ello de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal.
En relación a la medida de coerción personal, impuesta la ciudadano Acusado Yorbic Isidro Córcega, en la oportunidad de la Audiencia de presentación,.....