Culminado el análisis de todas y cada una de las denuncias presentadas en apelación, este Tribunal Superior considera que la sentencia dictada por la Jueza de Primera Instancia de Juicio debe ser CONFIRMADA, en base a las motivaciones expuestas en este fallo, resultando forzoso para quien decide declarar SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho, ciudadana TAHISBELYS ORDOÑEZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA LEZAMA GOMEZ, en contra de la decisión de fecha veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete (2017), dictada por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, y como consecuencia de ello, se declara SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado contra la Providencia Administrativa Nº 2013-00396, de fecha primero (1º) de agosto del año dos mil trece (2013), emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABA.....