DISPOSITIVA
Por todas las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: LA CONFESION DE LOS HECHOS alegados por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara la parte actora en contra de la UNIDAD EDUCATIVA INTEGRAL VENEZUELA, C.A., por lo cual se ordena el pago tomando de la cantidad de SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 6.392.884,00) además de lo que resulte de la experticia que a tal efecto se ordenó realizar, para determinar los intereses sobre las prestaciones sociales el cual será reflejado en la men.....