Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INHABILITACIÓN del Ciudadano: JOSBAL JOSE VALERO MENESES, plenamente identificado en los autos, declarándolo INHÁBIL para estar en juicio, celebrar transacciones, dar ni tomar a préstamo, percibir sus créditos, dar liberaciones, enajenar o gravar sus bienes, o para ejecutar cualquiera otro acto que exceda de la simple administración, sin la asistencia de su Curador; designándose a tal efecto en este acto al Ciudadano: OSCAR JOSE VALERO MENESES, Venezolano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad Nº V-8.888.363, y de este domicilio, para que cumpla con los funciones que al efecto señala el Código Civil en materia de Curatela.-