Se dictó y publicó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaro: CON LUGAR la oposición interpuesta por el ciudadano EDWIN EDRID GIL ORTUÑO, en su carácter de parte actora, en contra de la admisión de la prueba promovida por la parte demandada en su Capitulo Segundo de la Prueba De Informes. Segundo: Inadmisible la Prueba de Informe promovida en el Capitulo Segundo del escrito de pruebas presentado por la parte demandada abogado ANGEL M., BIAGGI MARCO.-Tercero: Admítase por auto separado ambos escritos de pruebas a excepción de la referida prueba de Informes.-