se declara INADMISIBLE, la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana ZULAIDA MARILE RODRIGUEZ PRIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 10.664.167, y de este domicilio, en su carácter de concubina del ciudadano JULIAN TEODORO YANEZ YANEZ