Por todo lo que antecede este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y por autoridad que le confiere la ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el demandado de autos y en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesta por la ciudadana: GLEUMERYS EGLEE SILVA PAREDES contra el ciudadano JUAN CARLOS GARCIA BORGES, todos identificados anteriormente, y por tanto, se ordena partir las prestaciones sociales, el fideicomiso y la caja de ahorros que correspondan al demandado de autos en la empresa CVG Alcasa, desde el 18-12-2001 hasta el 31-01-2006 ¿ambas fechas inclusive-