CON LUGAR la demanda incoada por DAMELYS JOSÉ YTRIAGO contra MORGAN JOSE ROJAS VITAL. En consecuencia, se ordena a la parte demandada entregar el inmueble ubicado en la Dirección Campo "A2", Calle Anaco, Nro., 1499 de Ciudad Piar Municipio Raúl Leoni del Estado Bolívar, constante de CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CON SETENTA DECIMETROS CUADRADOS (479,70m2) cuyos linderos y medidas son los siguientes: Norte: En treinta metros (30,00 mts), terreno y casa N° 1500 de la Calle Anaco; Sur: En treinta metros (30,00 mts), terrenos de la casa N° 1498 de la Calle Anaco; Este: En quince metros con noventa y nueve centímetros (15,99 mts), los fondos de las casas Nros. 1501 y 1502 de la Calle Carúpano, servidumbre en medio de dos metros (2,00 mts) de ancho; y Oeste: Que es su frente, en quince metros con noventa y nueve centímetros (15,99 mts). Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente caso. Queda así REVOCADA la sentencia dictada en fecha .....