En fecha 11/08/2011, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD E ILEGALIDAD CONJUNTAMENTE CON SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, propuesto por la ciudadana ANA MARIA FIGUEROA, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.986.543, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.130, en su condición de apoderada judicial abogado la sociedad mercantil RORAIMA INN BINGO & HOTEL, C.A., antes identificada, pues la jurisdicción competente es la Contencioso Administrativa, en consecuencia, este Tribunal declina su competencia al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ordenando la remisión.....