Se acordó el cese de la Medida de Protección prevista en el artículo 87 ordinal 3º, se confirma la aplicación de las medidas de seguridad prevista en los ordinales 5º y 6º; de igual manera se ordena oficiar a la Fiscalía Superior conforme al artículo 103, todos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.