Se Dicto Auto revocando la medida cautelar sustitutiva de la privativa de libertad, que fuere dictada en contra del acusado Ángel Leopoldo Quintana Pérez, y en su lugar decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 248 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, por remisión del artículo 64 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.