Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar, actuando como Tribunal de origen y en funciones de transición, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la pretensión de Fijación de Obligación de manutención plasmada en la demanda intentada por la ciudadana LIVIS JOSEFINA SOTO GONZALEZ, actuando como representante legal (madre) y legitimada activa del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, quien para la fecha de la presentación de la demanda era adolescente, en contra del ciudadano JULIO CESAR MAVAREZ RONDON.
En consecuencia, este Tribunal fija como obligación de manutención a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LEY ORGANI.....