MEDIANTE RESOLUCIÓN No. PJ0842018000005, se dictò Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, declarando INADMISIBLE, por disposición expresa de la Ley, la demanda por inepta acumulación de la pretensión de RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA estipulada en el articulo 16 del Código de Procedimiento Civil, por supletoriedad de la norma especial, interpuesta por el ciudadano MERLING JOSE GIL AFANADOR, en contra del ciudadano JESUS FRANCISCO GIL GUARIN.