DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos y en mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE PARA TRAMITAR PASAPORTE VENEZOLANO de la niña (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), , venezolana, de 5 años de edad, nacida el día 25/04/2018; a la ciudadana EDITH ELENA RODRIGUEZ ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.336.170, domiciliada en la calle 7, Avenida del sector Humberto Cuencas diagonal al modulo Medico comunitario Municipio Nirgua del estado Yaracuy; en su condición de representante legal de la niña (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNN.....