ÚNICO: PERECIDO el recurso de apelación intentado por el ciudadano HECTOR JOSE BELLO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.995.065, asistidos por los abogados RAIZA AZOCAR MARIN y MIGUEL MENA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-13.517.428 y V-15.570.192, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 113.965 y 113.059, respectivamente; contra la Sentencia de fecha 24 de Enero de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz.