Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por LEONIDAS ENRIQUE PINDER MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad No. V-4.979.307, actuando en su propio nombre y asistido por las abogadas YELI RIVERO y MARÍA ESTHER HERNÁNDEZ, en libre ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 84.605 y 258.763, respectivamente y, consecuencialmente se declara terminado el presente procedimiento.