Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, intentada por los ciudadanos LEIDYS NAZARETH CEDEÑO AFANADOR y SIMÓN DANIEL GUERRERO ARROYO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, con cédulas de identidad Nos. V-19.534.082 y V-19.730.136 y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada en libre ejercicio YANILIS CORREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 249.427 y de este domicilio.