Este Tribunal Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por HIDEMI DEL VALLE JAMESON OROZCO, de conformidad con lo establecido en los artículos 140 y 140-A del Código Civil, en concordancia con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil y consecuencialmente, terminado el presente procedimiento.-