Decisión.-
Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, la solicitud presentada por los ciudadanos IVAN ANTONIO ESCALANTE VALLADARES Y SOL FRANCIS RAMIREZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-18.236.095 y V-15.969.925, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por la abogada en libre ejercicio NAYIBI ALEXANDRA SERRANO DE BECKLES, inscrito en el IPSA Nº 200.765, en consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante la Jefatura Civil del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui conforme de Acta de Matrimonio Nº 74, Tomo III, Folios 456 al 457 del año 2007, que corre inserta en las actas.
No hay condena.....