En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO de los ciudadanos KATHERIN ESTILITA ROMERO DE PICO Y JOSE ANTONIO PICO MACIAS, consignada en la presente solicitud, arriba descrita, que en la misma se incurrió en el siguiente error involuntario: Primero: se escribió erróneamente el apellido de casada de la madre del cónyuge aparece como: INES MACIAS DE PINO, siendo lo correcto INES MACIAS DE PICO; SEGUNDO: se puede evidenciar el estado civil de la cónyuge colocaron CASADA siendo lo correcto: SOLTERA según consta en Acta de matrimonio por ante el Registro Civil del Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar, en el año 2019, Folios 121 Y 122, Libro 4,Tomo I, Acta Nº 439, TERCERO: se puede apreciar que el lugar de nacimiento de la cónyuge colocaron: CIUDAD BOLIVAR siendo lo correcto SAN FELIX; según consta .....