Se declara conforme a los artículos 26, 49, y 257 Constitucional, y 173, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido contra Sentencia Interlocutoria; incoado en tiempo hábil por los Abogados Marcos Alexander Becerra y Darwyns García Velásquez, Defensores Privados, procediendo en asistencia del ciudadano imputado Jhonathan Mata Marcano en el proceso judicial seguídole por su presunta incursión en la comisión del delito de Cómplice en el delito de Homicidio Calificado; por consiguiente se ANULA la decisión dictada por el Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Ext. Terr. Pto. Ordaz, en fecha 19/12/2007, en ocasión a la celebración del acto de Audiencia de Presentación de Imputado, mediante el cual declaró la procedencia de una Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra del procesado en mención. En consecuencia, se ordena la celebración de un nuevo acto de Audiencia de Presentaci.....